A esta medida se suma la reducción del 20 % del rendimiento neto para todo el sector agrario aprobada en marzo por el Consejo de Ministros para paliar los efectos de la sequía y el incremento de los costes de producción

Esta rebaja fiscal beneficia a los 900.000 agricultores y ganaderos que tributan por el régimen de módulos y se estima en unos 1.093 millones de euros

La orden recoge la reducción nacional de los índices de rendimiento neto de todos los sectores ganaderos y de viñedo, e incluye minoraciones de índices sectoriales específicos por comunidades autónomas, provincias y municipios

Se han aprobado reducciones específicas para los agricultores que hayan utilizado electricidad para el riego y a los ganaderos que empleen productos para la alimentación animal adquiridos a terceros

El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy la orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se reducen, para agricultores y ganaderos, los Índices de Rendimiento Neto para el periodo impositivo 2021 en el sistema de estimación objetiva del Impuesto sobre la RPF (o de módulos). Esta orden recoge la propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), tras recabar los informes de las comunidades autónomas, de minoración de dichos índices.

Esta reducción de módulos se suma a la del 20 % en el rendimiento neto aprobada para todo el sector agrario en el Real Decreto-Ley 4/2022 de medidas para paliar los efectos de la sequía y el incremento de los costes de producción.

Se estima que el conjunto de todas estas reducciones de módulos pueda implicar una rebaja de la base imponible del orden de los 1.093 millones de euros, que  beneficia a los 900.000 agricultores y ganaderos de todo el Estado que eligen el sistema de módulos del IRPF para tributar. El sistema de estimación objetiva agraria es el mayoritario entre los agricultores y ganaderos de nuestro país. Las reducciones de módulos aprobadas en esta orden se traducen en una disminución proporcional de la base imponible derivada de los rendimientos de la actividad agraria.

Estas reducciones reflejan la pérdida de rentabilidad derivada de los efectos negativos provocados por las adversidades climáticas de 2021, como la borrasca Filomena del mes de enero, las heladas en el mes de marzo y la falta de precipitaciones a lo largo del año.

La orden recoge la reducción a nivel estatal de los índices de rendimiento neto de todos los sectores ganaderos y del viñedo. Además, se han aprobado un elevado número de reducciones en sectores específicos por comunidades autónomas, provincias y municipios, entre las que destaca la aplicada para los frutos secos en importantes áreas productoras.

Además, se reduce el índice aplicable a las actividades ganaderas que alimenten el ganado con piensos y otros productos adquiridos a terceros, siempre que éstos  representen más del 50 % del importe total de la alimentación animal. Se estima que la reducción por este concepto puede alcanzar 38 millones de euros. El índice único para todos los sectores ganaderos será del 0,50.

Igualmente y de forma extraordinaria por las dificultades de la situación, se amplía en 5 puntos la reducción del coeficiente corrector por uso de electricidad para el riego que se ha aplicado en años anteriores. Así los agricultores que utilizaran la electricidad para el riego se beneficiarán de una minoración del 25 % en el rendimiento neto para cultivos regables (el año anterior fue el 20 %), extensible a todos los regadíos, y no solo a los de consumo estacional. Se estima que esta medida supondrá una rebaja de unos 39 millones de euros.

Las reducciones establecidas con carácter estatal para la declaración de la renta 2021 son las siguientes:

Sectores agrícolas:

  – Uva para vino con D.O. de 0,32 a 0,22

  – Uva para vino sin D.O. de 0,26 a 0,18

Sectores ganaderos:

– Avicultura de 0,13 a 0,09

– Bovino de leche de 0,20 a 0,14

– Bovino de carne de 0,13 a 0,09

– Bovino de cría de 0,26 a 0,18

– Cunicultura de 0,13 a 0,09

– Equino de 0,32 a 0,22

– Ovino y caprino de carne de 0,13 a 0,09

– Ovino y caprino de leche de 0,26 a 0,18

– Porcino de carne o de 0,13 a 0,09

– Porcino de cría de 0,26 a 0,18

– Apicultura de 0,26 a 0,13

La orden está disponible para su consulta en el siguiente enlace:

https://www.boe.es/boe/dias/2022/05/11/pdfs/BOE-A-2022-7638.pdf

Font: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación